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Definición
Se refiere a la cesación permanente o temporal, en todo o en parte, de un derecho, procedimiento legal, pretensión, impuestos, deuda, u otra demanda.
Tipo de término: Concepto
Referencias bibliográficas
- Moliner, María, "Diccionario de uso del Español", vol. 2, Gredos S.A., España, Madrid, 2004, p. I:11
- Orellana, Marina, "Glosario Internacional para el traductor", Editorial Universitaria S.A., Chile, Santiago, 1990, p. 13
